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Prórroga del plazo para recibir observaciones
Solicitud de Opinión Consultiva
presentada por la República de Chile y la República de Colombia

El pasado 9 de enero de 2023 la República de Chile y la República de Colombia presentaron en la Secretaría de la Corte Interamericana de Derechos Humanos una solicitud de opinión consultiva sobre “Emergencia Climática y Derechos Humanos”, de conformidad con el artículo 64.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Una copia de la mencionada solicitud puede ser consultada en el siguiente enlace:

https://www.corteidh.or.cr/docs/opiniones/soc_1_2023_es.pdf

Al respecto, de acuerdo con lo establecido en el artículo 73.3 del Reglamento de la Corte Interamericana, se invita a todos los interesados a que presenten su opinión escrita sobre los puntos sometidos a consulta que consideren pertinentes, de acuerdo con su experticia, interés o área de trabajo. Dicho escrito deberá indicar el nombre de la institución o personas que lo suscriben, así como los datos que permitan la identificación del remitente. Si una organización es quien presenta el escrito, este deberá estar firmado al menos por su representante legal y deberán remitirse los documentos pertinentes que demuestren tal representación y la existencia legal de la organización. El escrito también deberá contener la dirección, correo electrónico, números de teléfono y fax donde se tendrán por recibidas oficialmente todas las comunicaciones y notificaciones que el Tribunal envíe.

El Presidente de la Corte, en consulta con el Pleno de la Corte, ha decidido prorrogar hasta el 18 de diciembre de 2023 el plazo límite establecido, para la presentación de las observaciones escritas. 

El escrito de observaciones puede ser enviado vía correo electrónico a: [email protected] o a la dirección de la Corte Interamericana de Derechos Humanos: Avenida 10, Calles 45 y 47 Los Yoses, San Pedro, San José, Costa Rica. 

 


*La solicitud de Opinión Consultiva fue presentada en español. Las versiones en inglés, portugués y francés fueron realizadas por la Secretaría de la Corte y no constituyen textos auténticos de la misma. En caso de duda, los interesados deberán referirse a la versión en español.