Volver al inicio
<< Derecho de petición | Derecho de rectificación y respuesta | Derecho de respuesta >>
Volver a: "D"Derecho de rectificación y respuesta
- UF:
- Derecho de respuesta
- TA:
- Convención Americana sobre Derechos Humanos
- Derecho a la honra y la intimidad
- Libertad de pensamiento y expresión
- TR:
- Censura de medios de comunicación
- Derecho de petición
- Clas:
- 02.07
- NA:
- 1. Toda persona afectada por informaciones inexactas o
agraviantes emitidas en su perjuicio a través de medios de
difusión legalmente reglamentados y que se dirijan al
público en general, tiene derecho a efectuar por el mismo
órgano de difusión su rectificación o respuesta en las
condiciones que establezca la ley.
2. En ningún caso la rectificación o la respuesta eximirán
de las otras responsabilidades legales en que se hubiera
incurrido.
3. Para la efectiva protección de la honra y la reputación,
toda publicación o empresa periodística, cinematográfica,
de radio o televisión tendrá una persona responsable que no
esté protegida con inmunidades ni disponga de fuero
especial�.
(Convención Americana sobre Derechos Humanos).