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- Contratos
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- Usufructo
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- Compromisos sociales sobre todos los que determinan gastos
suntuarios. En la esfera jurídica estricta, obedece a un
hábito y a una conveniencia recomendable. Lo
consuetudinario proviene de ser más frecuente hablar de
obligaciones en los títulos mercantiles, por cuanto la
emisión de los mismos suele ser plural, casi siempre por
miles, y por guardar correlación con las acciones. En
cuanto al otro aspecto, por lógica jurídica se habla de
obligaciones cuando hay una multiplicidad necesaria; como
ocurre al tratar de las obligaciones conexas y de las
obligaciones recíprocas, como más características. (Fuente:
Diccionario Enciclopédico de Derecho Usual)