Bienvenida

La Corte Interamericana de Derechos Humanos invita a las brasileñas y los brasileños así como a todas las personas interesadas a la celebración del 150 Período Ordinario de Sesiones en Brasilia, Brasil, el cual tendrá lugar en el Superior Tribunal de Justicia de Brasil y en la Sede del Ministerio de Relaciones Exteriores de Brasil (Palacio Itamaraty), del 22 al 27 de agosto de 2022.

La Corte Interamericana es un Tribunal Internacional encargado de conocer casos de violaciones a los derechos humanos contenidos en la Convención Americana sobre Derechos Humanos y otros tratados interamericanos, que lleva más de cuatro décadas funcionando y protegiendo los derechos humanos de las personas en el hemisferio. Su sede se encuentra en San José de Costa Rica. No obstante, por lo menos una vez al año, el Tribunal se traslada fuera de su sede con el fin de dar a conocer su trabajo y que las personas de América puedan conocer de primera mano cómo se desenvuelve un proceso internacional, así como se realizan actividades académicas y de difusión del derecho internacional de los derechos humanos.

A lo largo de la historia, se ha trasladado en 31 ocasiones, visitando 16 Estados por invitación de los Estados. En esta ocasión la Corte se instalará en Brasilia, Brasil por invitación del Estado de Brasil. Estamos convencidos que esta experiencia será tanto o más fructífera que los anteriores dos Períodos de Sesiones celebrados en Brasil (27 Período Extraordinario de Sesiones en el año 2006 y 49 Período Extraordinario de Sesiones en el año 2013).


Igualmente, es preciso reiterar que la Corte, como tribunal internacional, no estudia, ni analiza presuntas violaciones a los derechos humanos presentadas por particulares, ni puede referirse al contexto general de derechos humanos del país o de determinada región del país anfitrión. Según la estructura del Sistema Interamericano de Protección de los Derechos Humanos, las víctimas de alegadas violaciones de derechos humanos deben acudir primero ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Por tanto, durante el 150 POS en Brasilia la Corte no recibirá denuncias, ni escuchará a víctimas de nuevos casos o estudiará situaciones generales o particulares de derechos humanos, salvo lo relacionado con aquellos casos que debe conocer según la Agenda de Trabajo programada para esta visita.


Casos que serán discutidos en el 150 Período Ordinario de Sesiones


La Corte celebrará de manera presencial audiencias públicas en los siguientes casos contenciosos. Todas las audiencias se realizarán en la sede del Supremo Tribunal de Justicia de Brasil y serán transmitidas por las redes sociales de la Corte Interamericana (español) y del Supremo Tribunal de Justicia (portugués):


a) Caso Pueblos Indígenas Tagaeri y Taromenane Vs. Ecuador

El presente caso se refiere a la presunta responsabilidad internacional del Estado de Ecuador por una serie de alegadas violaciones a los derechos de los Pueblos Indígenas Tagaeri y Taromenane y sus miembros, en el marco de proyectos que presuntamente afectan sus territorios, recursos naturales y modo de vida. Se aduce también a tres grupos de hechos de muertes violentas de miembros de dichos pueblos ocurridos en 2003, 2006 y 2013; así como a la falta de medidas adecuadas de protección en relación con dos niñas Taromenane tras los hechos de 2013. Los Tagaeri y Taromenane son pueblos indígenas en aislamiento voluntario (PIAV) que han optado por vivir sin mantener contacto con la población mayoritaria. Son además pueblos conocidos como ecosistémicos por vivir en estricta relación de dependencia con su entorno ecológico. Según se explica, viven según un patrón de movilidad estacional en un territorio amplio que les permite ejercitar su actividad de recolección y caza, así como la búsqueda de lugares relacionados con sus ancestros. Se alega que, debido a esta estricta dependencia con el ecosistema, cualquier cambio en el hábitat natural puede perjudicar tanto la supervivencia física de sus miembros, como la del grupo como pueblo indígena.


Puede conocer más sobre el caso aquí.


La audiencia pública se realizará de manera presencial el martes 23 de agosto de 2022 a partir de las 08:30 (Hora de Brasil).


b) Caso Olivera Fuentes Vs. Perú

El caso se relaciona con la alegada violación de los derechos del señor Olivera Fuentes a la igualdad y no discriminación, vida privada, garantías y protección judiciales, como consecuencia de actos de discriminación basados en la expresión de su orientación sexual ocurridos en un supermercado. En particular, el 11 de agosto de 2004 el señor Olivera y su pareja del mismo sexo fueron amonestados por personal de la cafetería “Dulces y Salados” del Supermercado “Santa Isabel de San Miguel” por desplegar públicamente conductas de afecto. El 1 de octubre de 2004 el señor Olivera presentó una denuncia por discriminación ante el INDECOPI, la cual fue rechazada, obteniendo una última decisión desfavorable en sede de casación el 11 de abril de 2011. La Comisión concluyó que el Estado vulneró la garantía del plazo razonable debido al tiempo en que demoró cada autoridad en resolver los recursos interpuestos, sin que el Estado haya proporcionado razones que justifiquen los lapsos transcurridos para la decisión de cada recurso. A la vista de lo anterior, concluyó que el Estado peruano es responsable por la violación de los derechos a las garantías judiciales, vida privada, igualdad ante la ley y protección judicial consagrados en los artículos 8.1, 11, 24 y 25.1 de la Convención Americana, en relación con las obligaciones establecidas en el artículo 1.1 del mismo instrumento.


Puede conocer más sobre el caso aquí.


La audiencia pública se realizará de manera presencial el miércoles 24 de agosto de 2022 a partir de las 08:30 (Hora de Brasil).


c) Caso Álvarez Vs. Argentina

El caso se relaciona con las presuntas violaciones a derechos humanos de que habría sido víctima Guillermo Antonio Álvarez en el marco de un proceso penal seguido en su contra. Se alega que el Estado violó los derechos del señor Álvarez en el marco del referido proceso penal en tanto no habría contado con el tiempo y medios para la preparación de una defensa adecuada. Se argumenta que, tras la revocación del patrocinio a los representantes de confianza de la presunta víctima, el tribunal a cargo del proceso decidió no concederle tiempo para la designación de nuevo defensor, sino que designó de oficio, el mismo día que comenzaba la audiencia de inicio de juicio, a la defensora pública que representada a otro imputado en el mismo proceso. La presunta víctima habría podido reunirse con la defensora solo una hora antes de la audiencia. Si bien el tribunal consideró que la defensora designada tendría conocimiento de la causa, se alega que ella misma señaló que no le era posible estudiar la situación del señor Álvarez en menos de 24 horas. Además, se arguye que el tribunal no realizó un análisis de la posible incompatibilidad en la representación de los dos imputados en la misma causa por una defensora común.


Puede conocer más sobre el caso aquí.


La audiencia pública se realizará de manera presencial el jueves 25 de agosto de 2022 a partir de las 08:30 (Hora de Brasil).


d) Caso García Rodríguez y Reyes Alzipar Vs. México

El caso se relaciona con la alegada responsabilidad internacional de México por las torturas, violaciones al debido proceso y a la libertad personal en contra de Daniel García Rodríguez y Reyes Alpízar Ortíz, quienes permanecieron detenidos en prisión preventiva por más de 17 años. En su Informe de Fondo la Comisión observó que las víctimas fueron detenidas sin que se les presentara una orden judicial expedida con anterioridad a su detención y sin cumplir con las condiciones establecidas en el Código de Procedimientos Penales. Al respecto, la Comisión concluyó que los señores Daniel García y Reyes Alpízar solo conocieron formalmente las razones de la detención y los cargos formulados cuando fueron puestos a disposición de un juez, 45 y 34 días luego de su privación de libertad, lapso que estuvieron detenidos bajo arraigo. En el presente caso, la Comisión estableció que la aplicación de la figura del arraigo constituyó una medida de carácter punitivo y no cautelar, y por lo tanto una privación de la libertad arbitraria y violatoria del principio de presunción de inocencia. Asimismo, concluyó que la prisión preventiva posterior al arraigo, la cual se extendió por diecisiete años, resultó arbitraria. Concluyó, además, que se violó el derecho de defensa dado que, entre otros, las víctimas en el proceso penal no lograron presentar las pruebas de descargo ofrecidas como esenciales y el juez de la causa no tomó medidas para asegurar el envío de información.


Puede conocer más sobre el caso aquí.


La audiencia pública se realizará de manera presencial el viernes 26 de agosto de 2022 a partir de las 08:30 (Hora de Brasil).

Durante cada audiencia, la Corte escuchará a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, la que expondrá los fundamentos de la presentación del caso ante el Tribunal, así como cualquier asunto que considere relevante para su resolución. Seguidamente, la Corte escuchará a los declarantes, presuntas víctimas, testigos y/o peritos. Adicionalmente, las partes en el proceso harán sus alegatos finales y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos presentará sus observaciones finales.


Para asistir a las audiencias públicas puede inscribirse aquí.


Seminário Internacional


Por otro lado, como parte de nuestra visita se realizará en la sede del Superior Tribunal de Justicia de Brasil un Seminario Internacional denominado Seminario Internacional: "Control de convencionalidad y grupos en situación de vulnerabilidad" en homenaje al Expresidente y Exjuez, Prof. Antônio Augusto Cançado Trindade, con la finalidad de que expertos nacionales e internacionales junto con los Jueces y Juezas de la Corte, puedan compartir sobre temas de derechos humanos, con estudiantes, académicos, abogados, funcionarios estatales y defensores de derechos humanos. Para asistir al Seminario puede inscribirse aquí.


La Corte es el Tribunal de las Américas y, como tal, de todas las personas de nuestra América y el Caribe. Por lo que reitera su invitación a participar de este 150 Período Ordinario de Sesiones en Brasilia, Brasil, con el fin de que puedan presenciar su trabajo de primera mano y conocer más sobre su Jurisprudencia, funcionamiento y estructura.


Corte IDH: Protegiendo Derechos