En más de 190 casos, la Corte IDH ha dispuesto más de 1.000 reparaciones a víctimas de violaciones a los derechos humanos.
La supervisión de cumplimiento de sentencias es una tarea fundamental para el trabajo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en su función de proteger a las víctimas de violaciones a sus derechos consagrados en nuestra Convención Americana sobre Derechos Humanos.
En el Sistema Interamericano de Protección de los Derechos Humanos, el artículo 63.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos constituye la base convencional para que la Corte pueda determinar en sus Sentencias cuáles son las medidas que el Estado debe adoptar para dar cumplimiento a dicha obligación de reparar. Sobre la base de lo dispuesto en el referido artículo, dentro de las competencias de la Corte se encuentra la facultad de disponer que se reparen las consecuencias de la situación que haya configurado la vulneración a los derechos u obligaciones internacionales previstas en la Convención. Dicho artículo, también otorga a la Corte Interamericana un amplio margen de discreción judicial para determinar las medidas que permitan reparar las consecuencias de la violación.
Por otra parte, el artículo 68 de la Convención Americana establece la obligación convencional que tienen los Estados de implementar tanto en el ámbito internacional como interno, de buena fe, y de forma pronta e íntegra, lo dispuesto por el Tribunal en las Sentencias, y de no cumplirse el Estado puede incurrir en un ilícito internacional. Esta obligación vincula a todos los Poderes y órganos del Estado, es decir, que todos los Poderes del Estado (Ejecutivo, Legislativo, Judicial, u otras ramas del Poder Público) y otras autoridades públicas o estatales, de cualquier nivel, tienen el deber de cumplir de buena fe con el derecho internacional, y no pueden invocar disposiciones del derecho constitucional u otros aspectos del derecho interno para justificar una falta de cumplimiento de las obligaciones contenidas en dicho tratado.
Además, la Corte ha establecido la ejecución de las Sentencias de la Corte Interamericana es parte fundamental del derecho de acceso a la justicia internacional. Por eso, cuando un Estado no cumple con las Sentencias de la Corte IDH o no ejecuta en el ámbito interno las reparaciones dispuestas por esta, se está negando a las víctimas de violaciones de derechos humanos ese derecho.
De esta manera la Corte Interamericana de Derechos Humanos supervisa de manera periódica el cumplimiento de las disposiciones que se disponen en las sentencias de la Corte IDH hacia los Estados.