San José, Costa Rica, 19 de enero de 2023. - En la Sentencia notificada en el día de hoy en el Caso Angulo Losada Vs. Bolivia, la Corte Interamericana de Derechos Humanos encontró al Estado de Bolivia responsable internacionalmente por la violación de los derechos a la integridad personal, las garantías judiciales, la vida privada y familiar, la igualdad ante la ley, la protección judicial y los derechos de la niñez, en perjuicio de Brisa de Angulo Losada. Ello, como resultado del incumplimiento del deber de debida diligencia reforzada y de protección especial para investigar la violencia sexual sufrida por Brisa, de la ausencia de perspectiva de género y niñez en la conducción del proceso penal y la práctica de actos revictimizantes durante el mismo, de la aplicación de una legislación penal incompatible con la Convención Americana, así como de la violencia institucional y la discriminación en el acceso a la justicia basada en motivos de género y niñez sufridas por la víctima y de la vulneración de la garantía del plazo razonable. Esto llevó a la Corte a concluir que Bolivia violó los artículos 5.1, 5.2, 8.1, 11.2, 19, 24 y 25.1 de la Convención Americana, en relación con los artículos 1.1 y 2 del mismo instrumento y los artículos 7.b), 7.c), 7.e y 7.f) de la Convención de Belém do Pará.